Almacén Particular / Admisión Temporal

En Contempora Seguros Generales tenemos pólizas que caucionan que las mercaderías importadas no sean retiradas del almacén particular, o bien, enajenadas en el país, sin haber pagado previamente los correspondientes derechos e impuestos.

Este seguro:

  • Mercaderías importadas dejadas en almacén temporal.
  • Mercaderías ingresadas bajo régimen temporal.
  • Al momento de contratar el seguro, el tomador deberá informar a la compañía sobre la existencia de otros seguros que amparen el mismo objeto.
Cotizar

Descripción

En Contempora Seguros Generales tenemos pólizas para garantizar al Fisco de Chile, representado por el Servicio Nacional de Aduanas, el pago de derechos, impuestos, tasas y gravámenes aduaneros por mercaderías importadas y dejadas en almacenes de importación, o bien, internadas en forma temporal.

Principales coberturas

En Contempora Seguros Generales podrás encontrar la protección requerida para garantizar al Servicio Nacional de Aduanas por la pérdida en dinero que le irrogue el incumplimiento por parte del afianzado o importador o consignatario individualizado en la póliza, de la obligación de pagar los derechos e impuestos, incluso internos, que causare la importación de las mercancías depositadas en el almacén particular, siempre que dicho incumplimiento ocurra durante la vigencia de la póliza.

El detalle completo de éstas las puedes revisar en el portal de la Comisión para el Mercado Financiero, según texto de pólizas código POL120150624.

Principales exclusiones

En Contempora Seguros Generales nos interesa que sepas que hay situaciones que no están cubiertas por la póliza, como el hecho que la compañía no será responsable por la pérdida del asegurado si éste hubiere incautado las mercancías depositadas en el almacén particular por presunción de abandono.

Documentos asociados

– Ficha de cliente
– Solicitud de seguro, indicando monto asegurado, vigencia de la póliza y dirección donde se encontrarán las mercaderías
– Escritura de la sociedad (Constitución y sus modificaciones, publicaciones e inscripciones)

Sobre US$ 50.000, además se requiere:
– Estados financieros (Balance y estado de resultados de los 2 últimos años)
– Carpeta Tributaria.

Sobre US$ 150.000, además se requiere:
– Estado de situación de los socios (con participación, directa o indirecta, mayor de 15%. Si no los hay, los dos mayores, cualquiera sea su participación)

A continuación descargue los documentos indicados, que deberá llenar y entregar para la evaluación de riesgo, previa a la contratación del seguro.

Qué hacer en caso de siniestro

El Asegurado debe informar por escrito a la compañía tan pronto se haya constatado un incumplimiento de las obligaciones de pago de los derechos e impuestos, incluso internos, que causare la importación de las mercancías depositadas en el almacén particular, o dentro del plazo de 15 días hábiles contado desde que haya tomado conocimiento de dicho incumplimiento.

El asegurado podrá hacer efectiva la póliza hasta por un monto no superior a la suma asegurada, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

a) Que el afianzado haya incurrido en incumplimiento de las obligaciones garantizadas por la póliza,
b) Que el asegurado haya notificado a la compañía el incumplimiento de las obligaciones garantizadas por esta póliza dentro de los plazos establecidos

Cumplidas las condiciones precedentes, el Asegurado (representado por el Director Nacional, Subdirector, Director Regional o Administrador de Aduana) podrá requerir el pago a la compañía por medio de una declaración en la que se especifique el hecho en qué consiste el incumplimiento y el monto de la indemnización solicitada. Así se entiende configurado el siniestro, señalándose que la presente póliza es de pago inmediato.

Todo reclamo debe formularse hasta un año desde que ocurriere un hecho que pudiere significar un siniestro, pues después cesa toda responsabilidad de la compañía.