Resguarda durante el período de vigencia del seguro, los bienes empleados o a emplear en la ejecución de la obra y ubicados en el sitio de la obra designado por el asegurado, experimentasen una pérdida o un daño imprevisible o accidental debido a cualquier causa que no sea excluida por la cobertura y que necesiten su reparación o su reposición.
Cobertura básica: Daños propios de la obra
Cubrimos el conjunto de trabajos de obra e instalaciones (incluyendo el coste tanto de material como de mano de obra o cualquier otro que pueda incidir en el coste final) que integren la realización de la obra asegurada descrita en las Condiciones Particulares.
También existen coberturas complementarias, solo validas si se encuentran incluidas en las condiciones particulares.
Dentro de éstas se distinguen:
a. Daños materiales a la propia obra:
– De carácter político o social, motines, tumultos populares.
– Robo.
b. Daños materiales a otros bienes propios:
– Equipo de construcción.
– Maquinaria de construcción.
– Bienes preexistentes.
c. Pérdidas consecuenciales:
– Los gastos suplementarios por horas extraordinarias o por trabajos nocturnos o en días festivos.
– Gastos de remoción y desescombro.
– Honorarios profesionales.
– Huelga y motín.
– Terrorismo.
– Gastos de extinción
d. Periodo de Mantenimiento. De carácter opcional.
e. Responsabilidad civil extracontractual. De carácter opcional
Entre otras.
El detalle completo de éstas las puedes revisar en el portal de la Comisión para el Mercado Financiero, según texto de pólizas código POL120130089 (TRC) y POL120130725 (TRM).