Es un seguro orientado a indemnizar pérdidas y/o daños que sufra la materia asegurada (equipos, maquinaria y mercadería general), durante su transporte, ya sea vía marítima, aérea o terrestre (no cubre daños que puedan sucederle a los medios transportadores).
Se puede aplicar una cobertura “Todo Riesgo” o una cobertura “Condiciones Restringidas” dependiendo del tipo de materia asegurada y evaluación del cliente.
La póliza cubre el transporte marítimo por avería gruesa, salvamento y gastos de salvamento, ajustados o determinados de acuerdo con el contrato de fletamento y/o a la ley y/o a la costumbre chilena, según corresponda, incurridos para evitar o prevenir las pérdidas por cualquier causa, con excepción de las exclusiones que consigna la póliza.
En el caso de transporte terrestre, el seguro está regido por el todo riesgo para tráficos transnacionales, que alcanza a indemnizar los daños materiales que sufran las mercaderías y los medios utilizados para embalarlas durante su carga, descarga o transporte por vía terrestre.
Este seguro cubre todo riesgo de pérdida o daño físico a la materia asegurada durante el transporte aéreo. La póliza permanecerá vigente durante el retraso fuera de control del asegurado, para cualquier cambio de ruta, descarga forzosa, reembarque o transbordo, así como para cualquier variación de la ruta que provenga del ejercicio de una facultad concedida a los armadores o fletadores bajo el contrato de transporte.
Para productos perecederos es necesario contratar un contenedor refrigerado, indicar claramente la temperatura correcta, y establecer los horarios, para evitar daño al producto.
El detalle completo de éstas las puedes revisar en el portal de la Comisión para el Mercado Financiero, según texto de pólizas códigos
POL120130700 Todo Riesgo, Cláusula “A”
POL120130702 Condiciones Restringidas, Cláusula “B”
POL120130703 Condiciones Restringidas, Cláusula “C”
POL120130683 Alimentos Congelados
POL120130716 Todo Riesgo, Cláusula “A”
POL120130717 Condiciones Restringidas, Cláusula “C”
POL120130730 Todo Riesgo, Cláusula “A”
POL120130705 Condiciones Restringidas, Cláusula “C”
POL120130683 Alimentos Congelados